Tipo: Acta
Nro: 2784
Emisor: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Localización: NACIONAL
Fecha: 20 de marzo de 2024
En la Ciudad de Buenos Aires, a los veinte días del mes de marzo de dos mil veinticuatro, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, bajo la presidencia de la Dra. Gabriela A. Vázquez y representados por las/os doctoras/es: Dra. María Cecilia Hockl, Dr. Enrique Catani, Dra. Andrea E. García Vior, Dr. Alejandro Sudera, Dra. Diana R. Cañal, Dr. Alejandro H. Perugini, Dr. Manuel P. Diez Selva, Dr. Héctor Guisado, Dra. Silvia E. Pinto Varela, Dra. Beatriz E. Ferdman, Dr. Gabriel de Vedia, Dr. Carlos Pose, Dra. Graciela Craig, Dra. Patricia S. Russo, Dra. María Dora González, Dr. Victor Pesino, Dr. Mario Fera, Dr. Roberto C. Pompa, Dr. Leonardo J. Ambesi, Dr. Daniel E. Stortini, y el Sr. Fiscal General ante la Cámara Dr. Juan Manuel Domínguez, quien participa en los términos del art. 31 de la ley 27.148, proceden a debatir, de manera presencial y remota, el temario del día de la fecha:
1º) Acta CNAT Nº 2783 del 13/03/2024 y Resolución de Cámara Nº 3 de fecha 14/03/2024.
Reunidas/os las/os integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y luego de un amplio intercambio de ideas, por mayoría SE RESUELVE: 1º) Instruir a la Oficina de Informática del fuero para que efectúe el aplicativo correspondiente, con una metodología que se ajuste a la inteligencia que tuvo el Pleno al votar afirmativamente el Acta 2783/24 y la Resolución de Cámara Nº 3/24, de la siguiente forma: «Se adecuarán los créditos desde que cada suma es debida y hasta la fecha de la liquidación mediante el CER. A este monto se le adiciona una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la fecha de la notificación de la demanda, cuyo resultado se capitaliza. Al monto resultante se le aplica una tasa del 6% anual desde la fecha de la notificación de la demanda hasta la de la liquidación, para así obtener el resultado final» Los doctores Fera, Pompa, Ambesi y Sudera se abstienen.
2º) Aclarar que la recomendación de lo resuelto por Acta 2783/24 y Resolución de Cámara Nº 3/24 es aplicable a las causas sin sentencia firme sobre el punto.
Con lo que terminó el acuerdo, ante mí, que doy fe.
FDO: VAZQUEZ- HOCKL- CATANI- GARCIA VIOR- SUDERA- CAÑAL PERUGINI- DIEZ SELVA- GUISADO- PINTO VARELA- FERDMAN- DE VEDIA POSE- CRAIG- RUSSO- GONZALEZ- PESINO- FERA- POMPA- AMBESI STORTINI- DOMINGUEZ.-
Ante mí, que doy fe. Dra. Silvia Seguro. Secretaria General


