Reunión de Trabajo entre el Consejo de la Abogacía y el Superior Tribunal de Justicia del Chaco: Compromiso por la Eficiencia Judicial y la Defensa de los Derechos

El Consejo Profesional de la Abogacía de la Primera Circunscripción Judicial del Chaco mantuvo una reunión de trabajo con el Superior Tribunal de Justicia con el fin de tratar diversos temas de interés especial para ese sector profesional y para mejorar el funcionamiento de los procesos judiciales donde intervienen abogados y abogadas.

La reunión se realizó en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia el pasado día viernes 7 de junio, con la presencia de todos los ministros y encabezado por su presidente, Victor Del Río y por el lado del Consejo, su presidente, Ricardo Urturi, junto a integrantes del Directorio de la entidad profesional.


Entre los temas tratados destacan el pedido reiterado del Consejo para que no se cobre la tasa prevista para la interposición de los recursos extraordinarios locales, incorporada por la última reforma de la ley de tasas judiciales; el colapso del fuero contencioso administrativo como consecuencia del ingreso masivo de causas vinculadas con la revisión de actos de gobierno que disponían pases a planta o recategorizaciones de agentes estatales y la necesidad de apoyar el trabajo de esos tribunales dotándolos de más personal para que puedan gestionar esta situación excepcional, así como el mejoramiento de la conectividad al sistema IURE con el que se gestionan los expedientes digitales, todo ello a fin de evitar demoras en el trámite de los expedientes; el problema de doble retención del impuesto IVA sobre los honorarios que sucede cuando se depositan exclusivamente honorarios y queda pendiente el pago de IVA por el obligado; la demora en el trabajo del Equipo interdisciplinario del fuero de familia y la necesidad de proveerle más personal y que fijen audiencias y entrevistas en horarios no hábiles para atender la demanda; la crítica situación del Juzgado de Paz de Barranqueras, que tiene demoras, sobre todo en diligencias de cédulas de Resistencia, para lo cual solicitaron Incorporación de un personal Administrativo y un Oficial de Justicia, así como el mejoramiento en los equipos informáticos y de conectividad; solicitaron también se realicen nuevamente las reuniones con los distintos fueros a fin de plantear nuestras propuestas de mejoramiento; propusieron la cobertura de juzgados vacantes mediante la designación de jueces suplentes, si bien los concursos se encuentran en trámite, para evitar demoras en los procesos en curso; sobre el funcionamiento del sistema IURE que es de gestión de los expedientes digitales manifestaron la necesidad de informar a los profesionales sobre la interrupción que se produce en su operatividad en los horarios que se realizan actualizaciones o mejoras para que los profesionales puedan programar su trabajo; también solicitaron se incorpore un acceso para la confección digital de boletas de depósitos judiciales en la pestaña correspondiente a PROFESIONALES de la página web del Poder Judicial del Chaco, similar a la que ya existe para confeccionar boletas de tasa de justicia.
De manera particular el Consejo manifestó su preocupación y rechazo al criterio de algunos juzgados civiles y laborales que deciden rechazar el trámite de las acciones de amparo que se inician ante sus juzgados por elección del actor y que se reconducen a otras vías procesales remitiéndose mayormente a la Cámara en lo Contencioso Administrativo. La entidad profesional rechazó enfáticamente ese criterio que desconoce y viola el principio de competencia universal que rige en materia de acción de amparo en virtud de lo que dispone el art. 19 de la Constitución del Chaco. Esto significa que es el que demanda por vía de amparo quien puede libremente elegir el juzgado ante el cual plantear esa acción, teniendo ello como fundamento que el amparo es un proceso constitucional y que en nuestro País todos los jueces, de cualquier fuero o instancia pueden ejercer el control de constitucionalidad y deben velar por la supremacía constitucional, tanto la federal como la provincial que surge de la Constitución del Chaco. En este sentido el Consejo destacó la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia en la causa caratulada “LOPEZ GUSTAVO Y VERON LUISA C/ SECHEEP S/ JUICIO SUMARISIMO” EXPTE Nro. 3536/2023-1-C, de fecha 2 de mayo del año 2024, en la que precisamente ratificó que el art. 20 de la Constitución del Chaco otorga a todo juez de cualquier fuero o instancia de la Provincia, la competencia para entender en la acción de amparo y que ello concede libre elección al amparista para elegir dónde iniciarla.


Luego de esa reunión el Consejo de la Abogacía también mantuvo una reunión con la Dirección de Tecnologías de la información e integrantes de la Sala Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia con el fin de tratar mejoras en el funcionamiento de INDI y IURE, las herramientas de gestión del expediente digital.


El presidente Ricardo Urturi destacó la predisposición que siempre tienen los ministros del Superior Tribunal para escuchar los reclamos y planteos del sector profesional, así como para considerar las propuestas que se le acercan.